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Certificados Energéticos

Desde el reciente Real Decreto 235/2013, de 13 de abril, 'por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética en los edificios', se han establecido las bases y procedimientos que regulan esta actividad.

A partir del 1 de Junio de 2.013, cuando se construyan, vendan o alquilen edificios o unidades de éstos (viviendas, locales comerciales, etc), el certificado de eficiencia energética o una copia de este se deberá mostrar al comprador o nuevo arrendatario.

En INEIL calculamos la calificación de vivienda o local comercial (también certificamos edificios en su conjunto). Ésta tiene una validez legal de 10 años, salvo que se hagan modificaciones importantes relativas al consumo de energía.

Es un servicio puntual, al finalizar nuestro trabajo le entregaremos el Certificado de Eficiencia Energética. Con él, usted podrá realizar cuantos trámites necesite en concepto de venta o alquiler del inmueble.

Si lo desea, adicionalmente a este servicio ofrecemos un mantenimiento en el tiempo. En base a la Calificación obtenida en el punto anterior, haremos propuestas de mejora de la eficiencia energética. Éstas propuestas irán acompañadas, en caso de ser necesario, de los proyectos pertinentes con sus correspondientes licencias y permisos.

Nos dedicaremos a la revisión periódica de las facturas energéticas, estas son; electricidad, hidrocarburos, etc. e intentaremos detectar posibles ahorros y mejoras.

 

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